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miércoles, abril 06, 2016

Juez electoral resolvió que es “inadmisible” la iniciativa popular de los gremios



La propuesta del gremio municipal del SOEM, mediante iniciativa popular para un proyecto de ley respecto del cuestionado paquete de leyes previsionales, tuvo un duro revés judicial que entiende esta herramienta está restringida en materia de cuestiones “tributarias y presupuestarias”.

La propuesta del gremio municipal del SOEM sobre la utilización de la herramienta denominada “iniciativa popular” tuvo un duro revés de parte del Juzgado Electoral, subrogado por el juez Alejandro Fernández, quien consideró inadmisible dicha posibilidad.

El magistrado considera “inadmisible la consulta popular en materia de leyes tributarias y prespuestarias”, las cuales son “materias sensibles para el Estado”.

El fallo aduce razones de “prudencia política” en que “ciudadanos particulares interfieran con los órganos del gobierno encargados de proyectar las normas relativas a ciertos temas fundamentales”, y “que requieren conocimientos muy específicos”.

En tal sentido consideró que las leyes aprobadas en enero pasado; “las 1069, 1074 y 1075 son de naturaleza tributaria”, y “la 1068, 1070, 1071, 1074 y 1076 son de naturaleza presupuestaria”, por lo que las deja fuera de cualquier cuestionamiento por vía de la iniciativa popular.

El objetivo, reconoce el fallo, es “preservar de eventuales manipulaciones de la opinión pública determinados temas que estimo críticos”.

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