
Juan Cejas, director de Planificación Estratégica y Ambiental provincial, en declaraciones a Radio Fueguina expresó su posición respecto a la cuestión aclarando que desde esa área han recomendado que no se avance con la iniciativa , destacando que esto sucede porque se avanzó sin estudiar la proyección urbana planeada por el Municipio,según señalan las autoridades del área de Recursos Naturales se debe aplicar el del Decreto 1.333/93, donde se establece parámetros de volcado de efluentes en distintos cuerpos receptores en el medio ambiente. En este aspecto está prohibido lo que quiere hacer el IPV. "Este decreto que menciono tiene una tabla de parámetros permisibles de volcado de efluentes en medios naturales que deben observarse, específicamente los que contienen cuantificaciones para el receptor de agua dulce superficial”, señaló el profesional destacando que “en este caso, se trata del apartado más exigente de la ley porque usualmente las aguas dulces superficiales se utilizan para consumo humano, a través de la potabilización".
Fuente:TDF Web.-
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